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Derechos Humanos

LA CONTINUIDAD JURIDICA ENTRE DEMOCRACIA Y DICTADURA

La Corte anula un indulto y avala que genocidas entren al Congreso

En ambos fallos la Corte legitima a las leyes y decretos de impunidad a los genocidas mientras tuvieron vigencia. Las leyes valen tanto si son impuestas por un puñado de militares o por un Congreso.

Guillo Pistonesi

26 de julio 2007

Luego de 18 años de haberse decretado, la mayoría de la Corte Suprema de Justicia el pasado 13 de julio consideró nulo uno de los indultos menemistas a favor del ex general Santiago Riveros, quien comandó la Zona Militar IV que tuvo uno de los mayores centros de exterminio de la dictadura, Campo de Mayo. Riveros fue el responsable, entre otros miles, de la desaparición de los 14 integrantes de la Comisión Interna de la Mercedes Benz y de otros tantos obreros de Siderca Campana. Esto abre las puertas para que la justicia pueda ignorar la pretensión de la defensa de los genocidas indultados amparándose en los decretos menemistas dictados entre 1989 y 1990.
Destacamos que fueron 18 los años desde que se sancionaron los indultos (25 desde que terminó la dictadura y unos 30 cuando se cometieron los crímenes) para demostrar que decir hoy que “se terminó la impunidad” es poco más que pretencioso.

Basta recordar que ya murieron impunes varios de los entonces indultados, como Viola, Agosti, Lambruschini, Camps, Suárez Mason; que Massera está postrado como un vegetal; que el resto tiene un promedio entre 70 y 80 años de edad, para entender que este fallo se limita a ofrecer la posibilidad de reabrir juicios que terminarán cuando, probablemente, un sector yazca en sus tumbas, mientras que el resto gozará de cómodas prisiones domiciliarias.
Hace cuatro años, en agosto del 2003, cuando se anularon las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, el kirchnerismo se negó a anular los indultos a los genocidas1.

Los crímenes de Domingo Bussi: “sólo una sospecha”

A Riveros la mayoría de la Corte le anula su indulto porque cometió “crímenes de lesa humanidad”. Pero en otro fallo firmado el mismo día, el mismo Tribunal afirma que Domingo Bussi debería haber tenido derecho a entrar al Congreso como diputado en 1999, argumentando que no fue impugnada su candidatura y que la negativa de Diputados de dejarlo ocupar una banca podría abrir una suerte de caja de Pandora, con riesgo intolerable de arbitrariedad, ya que cambiantes mayorías electorales podrían emplear ese criterio para excluir a sus adversarios políticos. El caso de Bussi ya es “abstracto”, pues su mandato terminaba en el 2003, pero hoy habilita la entrada a Diputados del asesino Luis A. Patti y mañana a cualquier genocida.

En 1975 Bussi estuvo a cargo del “Operativo Independencia” en Tucumán, y aún antes del golpe, ya había inaugurado centros de exterminio. Con el golpe del ’76 se quedó como gobernador militar. Durante su gestión funcionaron al menos 33 centros clandestinos de detención en la provincia. El informe de la Comisión Bicameral Investigadora de las violaciones de los Derechos Humanos en la Provincia de Tucumán (1974-1983) calificó la gestión de Bussi como “un vasto aparato represivo, que orienta su verdadero accionar a arrasar con las dirigencias sindicales, políticas y estudiantiles, que eran totalmente ajenas al pernicioso accionar de la guerrilla”, recordando que, si bien Bussi afirmó en 1975, al asumir la gobernación, que “la guerrilla ya estaba derrotada”, el número de secuestrados/as se incrementó sensiblemente a partir de su asunción.

No informamos nada novedoso. Luego del fallo, Página/12 le pregunta a Eugenio Zaffaroni –otro de los ministros progresistas de esta Corte– si no debería prevalecer el hecho que Bussi es también un criminal de lesa humanidad, para cercenarle su derecho a ser diputado. Zaffaroni respondió sencillamente que “delito hay cuando hay sentencia, antes hay sólo una acusación o una sospecha” (Página/12, 15/07/07).
Zaffaroni omite decir que el genocida Bussi nunca pudo ser condenado, sencillamente porque la democracia argentina durante 17 años prohibió con sus leyes (Punto Final y Obediencia Debida) que hubiera juicios contra los responsables del terrorismo estatal. Porque si no hubieran sancionado estas leyes, Bussi nunca podría haber sido candidato y debería haber estado preso desde que terminó la dictadura.
Con este fallo Zaffaroni y la Corte avalan el manto de impunidad que impuso la ilegítima Obediencia Debida para los genocidas durante casi 20 años.

Carmen Argibay: una impecable defensa del derecho… de la burguesía

El progresismo de pleno festejó cuando Kirchner propuso a Carmen Argibay como ministra de la Corte, una ex detenida por la dictadura y bastante liberal en derechos de género y minorías sexuales. Es que comparada con la runfla que integró la Corte durante el menemismo, daba una idea de verdaderos “nuevos aires” (amén de ser mujer, algo hasta entonces extraordinario para integrar la Corte).

Más de uno se sorprendió al enterarse que Argibay había votado en contra de la mayoría que anulaba el indulto a Riveros.

Su fundamentación para dejar impune a Riveros no tiene desperdicio: “Esta Corte Suprema resolvió convalidar este indulto. De manera que, en este caso, la discusión quedó cerra­da hace 17 años”, afirma en su fundamento de voto. En nombre de una ‘garantista’ defensa de la “cosa juzgada” (no se puede juzgar a nadie dos veces por el mismo delito)2, Argibay sostiene como legítimo y legal el fallo de la tristemente famosa “Corte adicta” a Carlos Menem de los nueve con “mayoría automática”. Sencillamente Argibay afirma que lo dictaminado en los fallos de la Corte del per saltum (la artimaña legal con la que se legalizó la privatización de Aerolíneas) es algo así como la “palabra del Señor” para los creyentes.

Bajo este principio, la Corte puede dictaminar que no se puede revisar un fallo de la Corte que designó Videla y Massera en 1976.

La continuidad entre la dictadura y el régimen constitucional

Con su voto, Argibay no viene a concebir nada nuevo. Como buena jurista conoce al dedillo el verdadero carácter de la justicia y el derecho burgués.

La “continuidad jurídica del Estado” tiene su vigencia incluso en el cambio de una dictadura a un régimen constitucional. Tal es la doctrina de la misma Corte desde 1930, cuando se concretó el primer golpe de Estado de la Argentina (derrocamiento de Hipólito Yrigoyen por el general José F. Uriburu). La Corte de entonces ‘doctrinó’ con un fallo que afirmaba que tanto en los regímenes constitucionales como en las dictaduras se mantiene la “continuidad jurídica”. Desde entonces, todo el plexo jurídico de este país se formó por leyes que impusieron tanto las dictaduras militares como los regímenes constitucionales. Al fin de la dictadura, el Congreso al no derogar sus normas, respalda su vigencia.

La Corte menemista, cuyos fallos Argibay relegitima con la “cosa juzgada”, afirmó a través de un fallo de 1990 que los actos de los gobiernos militares “subsisten en los períodos constitucionales siguientes con autoridad y efectividad equivalentes a las que tienen los de los gobernantes de iure (de derecho)” y que “lo contrario implicaría una teoría anárquica que debe ser vivamente rechazada”. “La vida social se vería seriamente trastornada en la Argentina –dijo la Corte menemista– si la población advirtiera que los miles de actos emanados de la autoridad de facto son ilegales y pueden ser anulados por las autoridades de iure” (Godoy, Oscar c/Universidad Nacional de La Plata -27/12/90-). No vaya a ser que a alguno se lo ocurra anular por ilegítimas e ilegales las privatizaciones, la deuda externa y las leyes antiobreras.

Toda esta doctrina que defienden desde los menemistas hasta progresistas como Carmen Argibay, parte de la esencia del derecho burgués que es legalizar, proteger y garantizar la continuidad del sistema capitalista basado en la explotación de una minoría sobre la mayoría (casi siempre bajo la apariencia de defender intereses de toda la sociedad).

El mantenimiento del aparato represivo estatal que perpetró el genocidio es una cuestión central en esta continuidad desde 1983. Sólo en la Bonaerense hay más de 9.000 efectivos que revistieron en la dictadura cuando cada comisaría era un centro de exterminio. Más de 400 jueces que hoy dictan sentencias fueron designados por las juntas militares. Alrededor de 500 leyes que fueron firmadas por Videla y sus secuaces están vigentes (Clarín, 24/03/06). Y es la misma Corte Suprema de Justicia –videlista, menemista o progresista– la institución oligárquica que mediante sus fallos busca perpetuar esas relaciones sociales de explotación y su legalidad.

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