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Una reforma clerical y antiobrera

Al cierre de ésta edición el oficialismo K en el Congreso demostraba todo su carácter “progresista” cerrando un dictamen de reforma del Código Civil y Comercial aceptando todas y cada una de las imposiciones que la Iglesia hizo sobre el proyecto original.

Miguel Raider

21 de noviembre 2013

Una reforma clerical y antiobrera

Al cierre de ésta edición el oficialismo K en el Congreso demostraba todo su carácter “progresista” cerrando un dictamen de reforma del Código Civil y Comercial aceptando todas y cada una de las imposiciones que la Iglesia hizo sobre el proyecto original. Junto con ello, esta reforma es una invitación para que las patronales realicen fraudes contra sus trabajadores y le da impunidad a los funcionarios del Estado para que nadie pueda hacerles juicios civiles, hagan lo que hagan. Una reforma clerical y reaccionaria.

El proyecto original sostenía en el primer párrafo del artículo 19 referido a la existencia de la persona física, que ésta comienza “desde la concepción”, en consonancia con los reaccionarios preceptos de la Iglesia y con la línea de Cristina Fernández de negarse a rajatablas al derecho de las mujeres a practicarse un aborto, lo que lleva a más de 300 muertes anuales por esa práctica en forma clandestina. El gran golpe clerical fue la eliminación del segundo párrafo que planteaba que en el caso de reproducción asistida la existencia de una persona comienza desde “la implantación del embrión”. Desde el Vaticano Bergoglio y sus servidores se ocuparon de que no quedara letra que permitiera inferir que el momento del inicio de la existencia de una persona es, al menos, un hecho sujeto a interpretación según las circunstancias, y no algo regulado por una “divinidad” domiciliada en Roma. Junto con esto volaron toda referencia a la fecundación “pos morten”, el “alquiler” de vientres, etc., algo que principalmente atenta contra las mujeres que quieren procrear sin parejas varones, además del resto que busca tener hijos mediante técnicas asistidas (de hecho deja abierta a la catalogación como “personas” de los embriones ‘in vitro’).

Impunidad express

Entre otras perlas más, el proyecto exime la responsabilidad civil del Estado y sus funcionarios en perjuicio de una persona o un grupo de personas. El artículo 6 señala que “el Estado no debe responder de manera directa, ni aún en forma subsidiaria, por los perjuicios ocasionados por los concesionarios o contratistas de los servicios públicos a los cuáles se les atribuyan o encomienden un cometido estatal, cuando la acción u omisión sea imputable a la función encomendada”. Jaime, Schiavi, Luna y cia. agradecidos. Una provocación contra los familiares de las víctimas de Plaza Once. En el mismo sentido, “también se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal por las deudas laborales de empresas dependientes o vinculadas”. Los trabajadores llevan todas las de perder. Clausurado el fuero civil, los damnificados se verán obligados a dirimir el reclamo en el fuero administrativo, mucho menos estricto, pues “no sólo es más contemplativo con los intereses del Estado, sino que la legislación no es homogénea, ya que varía según la provincia” (La Nación, 17/11). Cualquier demanda de compensación será incomparablemente más laxa.

Los trabajadores estatales perderían derechos laborales porque no tendrían posibilidad de reclamar por la vía civil al Estado para obtener una indemnización en el caso de un accidente laboral. La Asociación de Abogados Laboralistas sostiene que esta iniciativa “degrada los derechos de los trabajadores dependientes del Estado nacional porque genera una marcada inimputabilidad para el Estado y sus funcionarios”. En la misma dirección, ATE dice que “la desresponsabilidad del Estado implica para los empleados y funcionarios públicos una discriminación peyorativa respecto a los trabajadores del ámbito privado y una negación de derechos elementales de raigambre constitucional” (Clarín, 18/11).

Evidentemente, nada bueno puede deparar para las grandes masas laboriosas.
Más allá de algunos artículos positivos como el “divorcio expres”, esta reforma es de conjunto clerical, reaccionaria y antiobrera.

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