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Internacionales

Bolivia: Las claves del decreto 28701

4 de mayo 2006

Art. 1° “el Estado recupera la propiedad, la posesión y el control total y absoluto de estos recursos”.
Art. 2° Las Empresas “están obligadas a entregar en propiedad a YPFB, toda la producción de hidrocarburos”.
Art. 3° Las empresas tienen 180 días para negociar los nuevos contratos.
Art. 4° Para los grandes campos, (más de 100 millones de pies cúbicos diarios de gas), se redistribuye el valor producido en 18% para las empresas y 82% para el Estado, mientras mantiene para unos 50 campos menores la actual regulación (50%/ 50%).
Art. 6° Las acciones en manos de las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) en las tres petroleras capitalizadas pasan a nombre de YPFB.
Art. 7° Se nacionalizan las acciones necesarias para que YPFB controle como mínimo el 50% más 1 en las cinco empresas más grandes.



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