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Derechos Humanos

Ningún límite al derecho a huelga

23 de marzo 2006

Días atrás el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 272/06, reglamentando el art. 24 de la Ley 25.877, de reforma laboral del gobierno de Kirchner que habla de la huelga en los llamados “servicios esenciales”. Esta ley vino a limitar, una vez más, la huelga en estas actividades. Ya hemos comentado en este periódico que incluso desde el punto de vista legal es una norma controvertida porque se trata de un derecho de raigambre constitucional.
Esta ley y su decreto, reglamentan o sea LIMITAN el derecho a huelga, pero siguiendo los guiados de la OIT y de los progresistas que tanto gustan con repetir sus normas. Así, el gobierno de Kirchner realiza este cercenamiento de derechos con su modo habitual: tratando de que aparezca como su contrario. Dice que lo servicios esenciales serán solo sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control del tráfico aéreo. Pero a su vez le da la atribución a una “comisión de notables” (llamada “comisión independiente”) para que puedan incorporar nuevos servicios según les parezca. Obviamente que en esa comisión no habrá ningún notable luchador o huelguista, sino expertos o reconocidos catedráticos.

“Servicios esenciales” versus derechos esenciales

Al hacer extensible la categoría de servicio esencial a cualquier medida de fuerza por la duración que tenga en el tiempo, por su extensión territorial o por la importancia de dicho servicio, se tiende a cercenar la posibilidad de la huelga general, de la huelga política que podría ir contra las medidas tomadas por el mismo gobierno.
En la realidad, si no fuera por los trabajadores, los “servicios esenciales” no funcionarían. Por ejemplo, en los hospitales, lo garantizan las enfermeras, mucamas y médicos, y la población, especialmente la que está en la pobreza, si no fuera por los trabajadores hace rato que no tendría estos servicios con un mínimo de dignidad. Si históricamente ha sido así, ahora es peor con el compromiso de superávit fiscal con el FMI que redujeron el “gasto publico”, a excepción del presupuesto para seguridad (como el de la SIDE para tareas de espionaje como la que cumple en Las Heras) que con este gobierno ha crecido y mucho. Por eso hablar de garantizar servicios justo al momento de una huelga, no puede, lógicamente, tomarse como resguardo de la población, sino como una medida policíaca contra los trabajadores y sus derechos.
Entre otras cuestiones, con el nuevo decreto, se asignan funciones patronales a los sindicatos, comprometiéndose a entregar la lista de personal, horarios y funciones. Todo ello para tener a los responsables servidos en bandeja ante una eventual investigación penal contra los huelguistas que no cumplan el servicio.
Los trabajadores son los únicos legitimados para decidir sus medidas de fuerza y el modo en que estas se desarrollan; por ende, son ellos los únicos que pueden decidir qué servicios “esenciales” mantienen o no. Le negamos a este Estado cualquier atribución de intromisión y reglamentación del pleno ejercicio del derecho de huelga y peleamos por la ampliación de este derecho y no por su limitación por vía reglamentaria.

Prensa

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